El INPSASEL, las tasas, los requisitos ilegales y el silencio del gremio de Seguridad y Salud en el Trabajo en Venezuela

En los últimos años, los profesionales de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) en Venezuela hemos sido testigos de irregularidades preocupantes en los procesos de registro ante el INPSASEL.
Se exigen tasas, requisitos y procedimientos que no están previstos en la LOPCYMAT ni en su Reglamento Parcial sobre el registro Profesionales de seguridad y salud en el trabajo.

Entre las irregularidades más graves destacan:

  • Exigir diplomados avalados por universidades, cuando la ley no lo exige.
  • Realizar los registros en una sola taquilla nacional, violando el principio de desconcentración.
  • Imponer tasas administrativas que no tienen fundamento legal.

Sin embargo, lo más alarmante es el silencio del gremio de SST, que parece resignado a estas imposiciones ilegales.

Hoy queremos analizar estas prácticas y reflexionar sobre la necesidad de actuar como profesionales organizados.

1. ¿Qué exige realmente la LOPCYMAT y su Reglamento para el registro de profesionales de SST?

El Reglamento Parcial sobre los Profesionales y Técnicos en Seguridad y Salud en el Trabajo, vigente en Venezuela, establece claramente que:

a.     El profesional debe acreditar más de 200 horas de formación específica en SST.

b.     No exige que esa formación esté avalada por universidades.

c.     No establece diplomados obligatorios ni define programas académicos específicos.

Es decir, cualquier formación comprobada, pública o privada, que sume 200 horas o más es válida, siempre que sea pertinente a seguridad y salud laboral.

 ¿Qué exige indebidamente el INPSASEL hoy?

  • Diplomados «avalados por universidades nacionales»
  • Programas de formación controlados o limitados
  • Restricciones que no están previstas en ninguna norma vigente

Esta exigencia carece de base legal y restringe ilegalmente el acceso a la profesión.

2. La imposición de tasas: ¿violación al principio de legalidad?

El INPSASEL ha establecido cobros de tasas de 30 $ USD por concepto de registro de profesionales, a pesar de que:

  • La LOPCYMAT establece tasas de 5 UT por registros administrativos.
  • El principio constitucional de legalidad exige que cualquier tasa o impuesto debe estar expresamente prevista en una ley.

Cobrar sin habilitación legal constituye una violación a la Constitución y al derecho administrativo venezolano.

3. La inexistencia de normas técnicas específicas para la formación, entre otras

Hasta la fecha:

  • No existen normas técnicas oficiales que regulen el contenido mínimo de los cursos o diplomados exigidos.
  • No hay parámetros objetivos de validación de la formación.

Sin estas normas técnicas:

  • Cada oficina de INPSASEL interpreta y aplica requisitos de manera discrecional.
  • Se crea inseguridad jurídica y arbitrariedad en el registro de profesionales.

La omisión del Estado en dictar normas técnicas no puede ser suplida imponiendo requisitos que no existen legalmente y mucho menos mediante circulares.

4. Taquilla única para registro: violación a la desconcentración administrativa

El INPSASEL funciona con gerencias regionales donde perfectamente se deben hacer:

  • Registro ágil de profesionales en todo el país.
  • Atención cercana y eficiente.

Sin embargo, la imposición de una taquilla única en Caracas para registros:

·       Aumenta la burocracia y los tiempos de espera.

·       Afecta el acceso a los registros en estados del interior.

·       Viola el principio de desconcentración administrativa, establecido en la Ley Orgánica de la Administración Pública.

Este retroceso dificulta el ejercicio profesional y perjudica a la seguridad y salud laboral a nivel nacional.

5. ¿Por qué nuestro gremio guarda silencio?

Lo más grave no son las irregularidades en sí, sino que:

  • No vemos movimientos organizados que las denuncien.
  • La mayoría de los profesionales de SST asumen los costos y requisitos indebidos en silencio.
  • Hay miedo a represalias o desconocimiento de los derechos.

Esta pasividad debilita nuestra profesión y permite que se sigan vulnerando los derechos de quienes ejercemos con honestidad y vocación.

6. ¿Qué deberíamos hacer como profesionales?

  • Informarnos y educarnos jurídicamente sobre nuestros derechos.
  • Organizarnos en asociaciones y movimientos gremiales independientes y críticos.
  • Exigir respeto a la ley y la eliminación de requisitos y tasas ilegales.
  • Interponer recursos legales y administrativos para defender la legalidad.
  • Promover la elaboración de verdaderas normas técnicas consensuadas para elevar el nivel de la profesión, no para restringirla arbitrariamente.

Como profesionales de Seguridad y Salud en el Trabajo, no solo tenemos la responsabilidad de proteger a los trabajadores.
También tenemos el deber de defender la legalidad y la dignidad de nuestro ejercicio profesional.

Aceptar tasas, diplomados exigidos sin base legal y centralización arbitraria es renunciar a nuestros derechos.

Es hora de actuar, de exigir respeto a la LOPCYMAT y sus Reglamentos, y de reconstruir un gremio fuerte, consciente y comprometido.

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2 comentarios en “El INPSASEL, las tasas, los requisitos ilegales y el silencio del gremio de Seguridad y Salud en el Trabajo en Venezuela”

  1. Eliel Rondón

    Es verdad.
    Soy médico del interior del país. Realicé un diplomado en salud ocupacional.
    Y de verdad que viajar a la capital más pagar esos 30$ es un gasto que no puedo costear.
    Estoy de acuerdo con el planteamiento debemos alzar la voz en protesta. Demasiada burocracia lo que se presta para esquemas y estructuras de corrupción.
    Porque desconocía que los aranceles son ilegales y así como yo. Miles de profesionales caen en ese sistema de corrupción

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